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La AFIP detrás de Corcho Rodríguez: 20 allanamientos simultáneos por evasión fiscal agravada

Se estima en más de 2 millones de pesos la evasión fiscal agravada cometida por Jorge Corcho Rodríguez. La pena máxima prevista para este delito es de 9 años de prisión. El juzgado interviniente ordenó 20 allanamientos simultáneos a domicilios vinculados al empresario,  en Capital Federal y Gran Buenos Aires. Participaron del procedimiento 100 agentes de la AFIP.
A24.com | []
por [] | 11 may 2011, 00:00
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Cuando llegaron los inspectores de la AFIP, Jorge Corcho Rodríguez se encontraba en un loft - declarado ante el organismo como su domicilio particular -  ubicado en la localidad de Florida, pcia. de Buenos Aires. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunció penalmente a Jorge Corcho Rodríguez ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1, Secretaría 3 de San Isidro,  pcia. de Buenos Aires, por presentar declaraciones juradas de impuesto a las Ganancias en forma engañosa y maliciosa, evadiendo el pago de este tributo, al Fisco Nacional, por $ 2.072.273. Este delito de evasión tributaria podría ser reprimido hasta con 9 años de prisión. Como resultado de las presentaciones realizadas por la AFIP, el juzgado interviniente ordenó allanar 20 domicilios vinculados al empresario. Durante el procedimiento, se secuestró documentación que confirmarían los hechos investigados por la AFIP y permitirían procesar al imputado. A las denuncias por evasión radicadas a dos de las empresas de entretenimiento de las cuales, Jorge Corcho Rodríguez  - en una es presidente y en otra director - se le suma la denuncia directa a su persona por Evasión Penal Agravada. Según las pruebas aportadas en la causa, las declaraciones juradas de impuesto a las Ganancias de 2006 y 2007 resultaron engañosas y no reflejaban la real capacidad contributiva del fiscalizado. Este accionar no se asienta en otra razón,  que no sea,  que el imputado dejó de pagar el tributo de Ganancias. Las diferencias detectadas recayeron en pasivos con una empresa uruguaya y en rentas declaradas como exentas, ambas, sin documentación que las respalden, con lo cual se determinó que los montos involucrados responden a un incremento patrimonial no justificado, de acuerdo a lo establecido por el art. 18, inciso f, de la Ley 11.683, lo que aseveraría que se está frente al delito de operaciones ficticias. A las preocupaciones del empresario, motivadas por la imposibilidad de construir el Mega estadio en el Hipódromo de San Isidro, se le suman las denuncias de evasión y la deuda al fisco, que con intereses supera los tres millones y medio de pesos.