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Citan a Viviana Canosa por el Juicio Oral contra Cecilia Oviedo

El Juez ordenó en la causa de la conductora Viviana Canosa contra la ex pareja de Nito Artaza, Cecilia Oviedo, que ella o su equipo de abogados se presente en el Tribunal dentro de los próximos 5 días. Hace unos dos meses, Primiciasya.com te contaba que había sido rechazada la apelación de la conductora de Canal 9, en la demanda que le inició Cecilia Oviedo por calumnias.
A24.com | []
por [] | 24 ago 2011, 00:00
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Cítese a VIVIANA CANOSA  y/o su defensa para que dentro del quinto día de notificados concurran al Tribunal, oportunidad en la que se les hará entrega de los oficios dirigidos al Patronato de los Liberados, Registro Nacional de Reincidencia y Policía Federal Argentina, a los fines de su diligenciamiento, debiendo acreditar en autos, en el término de 48 horas, el respectivo diligenciamiento de los mismos, fue la orden del Juez en la causa que respecta a Viviana Canosa y Cecilia Oviedo.Recordemos que Rafael Cúneo Libarona había promovido una querella penal, en representación de Cecilia Oviedo contra Viviana Canosa en orden al delito de calumnias previsto en el art. 109 del Código Penal que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Correccional N° 2, Secretaría N° 58, identificada con el N° 1.304/09.Canosa no podrá contar con testigos a favor por haber omitido la presentación en tiempo y forma de ley.Cabe destacar que la querella por el delito penal de calumnias se realizó cuando Viviana Canosa puso al aire en su programa Los profesionales de siempre una entrevista con Cecilia Milone, quien por entonces confesó haber sido amante de Nito Artaza, actual pareja de Oviedo en ese momento.Durante el reportaje, la conductora hizo hincapié, en reiteradas oportunidades, sobre las amenazas que recibía Milone y que denunciaba públicamente.Viviana Canosa insistía y afirmaba que la autora material de las amenazas era Cecilia Oviedo, por lo cual le imputaba tal delito, pese a la negativa de la entrevistada, Cecilia Milone, que aclaró en varias oportunidades que la por entonces pareja de Artaza no era quien llevaba adelante las intimidaciones.El documento al que sólo Primiciasya.com tuvo acceso anteriormente dice:El término para efectuar dicho ofrecimiento venció las dos primeras horas del día 06/05/2011. La defensa ofreció la prueba en forma extemporánea, es decir, vencido el plazo de diez días que prevé el Art. 428 de CPPN, motivo por el cual, el vencimiento del término provocó automáticamente la caducidad de la facultad procesal que le fuera otorgada. Resuelvo: No hace lugar a la reposición planteada por el letrado defensor de Viviana Canosa, Dr. Claudio Nitzcaner / Imponer las costas de esta incidencia a la parte vencida / Rechazar el recurso de casación subsidiariamente deducido al de reposición, por resultar ello improcedente, se expide.